jueves, 2 de octubre de 2014

De la Doctrina Social: La deuda externa

La deuda externa   

[450] El derecho al desarrollo debe tenerse en cuenta en las cuestiones vinculadas a la crisis deudora de muchos países pobres. Esta crisis tiene en su origen causas complejas de naturaleza diversa, tanto de carácter internacional -fluctuación de los cambios, especulación financiera, neocolonialismo económico- como internas a los países endeudados -corrupción, mala gestión del dinero público, utilización distorsionada de los préstamos recibidos-. Los mayores sufrimientos, atribuibles a cuestiones estructurales pero también a comportamientos personales, recaen sobre la población de los países endeudados y pobres, que no tiene culpa alguna. La comunidad internacional no puede desentenderse de semejante situación: incluso reafirmando el principio de que la deuda adquirida debe ser saldada, es necesario encontrar los caminos para no comprometer el «derecho fundamental de los pueblos a la subsistencia y al progreso».

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